El acoso a la fauna salvaje por parte del Gobierno Regional de Asturias y la indiferencia por su protección lleva a situaciones dramáticas como la que aquí denunciamos con la gestión del lobo.

Esta es la realidad de lo que pasa.

Imágenes obtenidas por FAPAS de su trabajo de  control y seguimiento del lobo ibérico en Asturias durante el año 2020

No consientas que esto ocurra.

No consientas que políticos sin escrúpulos ambientales continúen favoreciendo la matanza del lobo bajo el eufemismo de una “gestión científica”.

Paremos esta barbarie en Asturias.

PRESENTA TU ALEGACIÓN A LA PROTECCIÓN DEL LOBO EN ESPAÑA

Este  es un modelo que puedes enviar a:

 buzon-sgb@miteco.es 

indicando en el asunto del email “CPP Modificación RD139/2011”

 

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

D/Dª.                             con DNI                , por medio de la presente, y al respecto de la Consulta Pública Previa sobre el “Proyecto de Orden Ministerial por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas”, con asunto de referencia “CPP Modificación RD 139/2011”, traslada lo siguiente:

1. La gestión de la pandemia provocada por el coronavirus Sars-Cov-2 ha supuesto que las administraciones públicas hayan condicionado sus actuaciones en base a los dictámenes científicos. Con la gestión de las especies de nuestra biodiversidad se debe actuar de la misma manera, escuchando a la ciencia biológica y condicionando esas

actuaciones siempre al interés general.

2. La biología de la conservación es un campo de conocimientos con un amplio recorrido, que cuenta con profesionales de la biología de amplísima y reconocida experiencia, cuyos conocimientos y experiencia deben ser utilizados para avanzar en las demandas sociales de

conservación del patrimonio natural, compatibles con el progreso de la sociedad. En este sentido, considero que la conservación del Lobo Ibérico es perfectamente compatible con la actividad ganadera.

3. La protección legal del lobo ibérico es necesaria e imprescindible para asegurar la supervivencia de un depredador apical, clave para la recuperación del equilibrio ecológico que debería imperar en nuestros ecosistemas terrestres. Es precisamente el desequilibrio generado por la excesiva presión cinegética que se ejerce tanto sobre el lobo como sobre

sus presas naturales, la causa de la mayor parte de las incidencias del lobo con la ganadería extensiva.

4. El Lobo Ibérico forma parte del patrimonio de nuestra biodiversidad, y su protección es imprescindible para el desarrollo de actividades de turismo sostenible basadas en la observación de la fauna, que se está presentando en muchas regiones como uno de los principales motores de desarrollo rural, contribuyendo de manera notable a la fijación de la

población rural en cada vez más municipios de nuestra geografía.

5. El Lobo Ibérico debería gozar de la máxima protección legal tanto por razones objetivas como comparativas con otras especies ya protegidas en el RD 139/2011. En este sentido, considero que su inclusión en el “Listado” debería suponer el fin de la muerte de

ejemplares por caza deportiva, y que los controles letales, de ser necesarios, se justifiquen debidamente y se hagan bajo criterios estrictamente técnicos y científicos.

6.- Insto al Ministerio a incluir en la orden a emitir, la consideración adicional de la incompatibilidad de la condición de especie protegida con las normas autonómicas que en la actualidad habilitan la muerte del lobo por caza y/o controles arbitrarios (plan de gestión de Galicia, plan de gestión de Asturias, plan de gestión de Cantabria, plan de gestión de Álava, aprovechamientos cinegéticos y autorizaciones de control de Castilla y León, programas de control de Asturias, cupos de extracción de Cantabria, autorizaciones de caza y control de La Rioja).

 

En       a      de febrero de 2021.

 

 

Fdo.: